A
través
de
este
servicio,
se
pretende
dotar
a
su
empresa
o
a
usted,
como
autónomo,
de
todos
y
cada
uno
de
los
medios
necesarios
para
cumplir
con
los
requisitos
legales,
optimizando
la
situación
fiscal y tributaria de su empresa o negocio.
Servicios
PROCESO MENSUAL:
PROCESO ANUAL:
Legazpi Asesores Abogados-Administradores Fincas
El servicio de Asesoría Fiscal incluye entre otras las siguientes funciones:
*
Información
periódica
sobre
calendario
de
obligaciones
tributarias
y
novedades
legislativas
o
comentarios a temas de interés de carácter general.
*
Asesoramiento
y
consulta
sobre
temas
tributarios
que
afectan
a
la
empresa,
con
emisión
de
informes
fundamentados cuando la ocasión lo requiera.
*
Desarrollo
de
la
planificación
de
políticas
fiscales
y
estrategias
establecidas
previamente,
a
fin
de
obtener
el
máximo
ahorro
fiscal,
coordinando
con
los
responsables
de
dicha
función
la
valoración
de
alternativas y el control del desarrollo de los planes previstos.
*
Elaboración
de
las
declaraciones-liquidaciones
de
los
diferentes
impuestos
a
los
que
está
sujeta
la
empresa:
Impuesto
sobre
Sociedades,
Retenciones
a
cuenta
del
IRPF,
I.V.A.,
Impuesto
sobre
Actividades
Económicas,
Impuesto
sobre
Transmisiones
Patrimoniales
y
Actos
Jurídicos
Documentados,
Impuestos
Municipales
y/o
Autonómicos,
Declaración
Censal,
etc.,
a
partir
de
los
datos
facilitados
y
con
arreglo
a
la
normativa y legislación vigente en cada caso.
*
Elaboración
de
escritos,
solicitudes,
recursos
de
alzada
y
reposición,
reclamaciones
en
vía
económico-
administrativa,
solicitudes
de
aplazamientos
y
fraccionamientos
de
pagos,
de
devolución
por
ingresos
indebidos,
de
compensación
de
créditos
fiscales,
etc.,
en
asuntos
o
expedientes
que
afecten
a
la
empresa
en defensa de sus intereses ante la Administración Tributaria.
*
Dirección
técnica
y
representación
de
la
Sociedad
ante
la
Inspección
de
Hacienda
por
los
ejercicios
cubiertos por iguala.
* Asesoramiento general a la Empresa en su contexto fiscal y tributario.
Recepción de la información base del período, que estará integrada con carácter general por:
*
Facturas
recibidas
de
proveedores
y
acreedores
correspondientes
a
compras
efectuadas
y
servicios
recibidos de terceros.
*
Copia
u
originales
de
las
facturas
emitidas
por
entregas
efectuadas
o
servicios
prestados,
así
como
las
notas de abono (facturas negativas).
*
Original
o
fotocopia
de
los
justificantes
de
los
movimientos
de
las
cuentas
abiertas
en
bancos,
con
indicación
en
cada
uno
de
ellos,
caso
de
que
no
aparezca,
del
concepto
de
ingreso
o
gasto
que
lo
motiva,
así
como
las
referencias
personales
del
pagador
o
perceptor,
según
sea
ingreso
o
pago.
En
especial
nos
referimos a cheques o talones ingresados o pagados.
*
Registro
de
cobros
y
pagos
de
caja,
con
sus
correspondientes
justificantes
en
original
o
copia,
con
las
mismas
aclaraciones
que
en
el
caso
anterior.
*
Documentación
relativa
a
operaciones
varias
como
pueden
ser: nóminas, seguros sociales, etc.
* Declaraciones de Impuestos que no motiva pago, etc. .
* Revisión, clasificación y numeración de la documentación aportada.
* Requerimiento de información omitida o aclaraciones adicionales, cuando se requiera.
* Imputación de asientos contables (codificación).
* Grabación y proceso informático.
*
Emisión
de
informes
del
período:
Listado
diario,
balances,
cuentas
de
resultados,
etc.
Todo
ello
adaptado
al nuevo Plan General de Contabilidad, ya en vigor.
* Registros de I.V.A. repercutido e I.V.A. soportado. (Trimestral o mensual, según proceda).
* Generación de doble copia de seguridad de datos.
* Entrega de informes del período y de la documentación recibida.
*
Elaboración
de
la
contabilidad
oficial
del
ejercicio
en
el
formato
de
libros
de
contabilidad
oficiales de diario (asiento mensual) y balances (de sumas y saldos trimestral).
* Transcripción de la contabilidad oficial a los libros de contabilidad prelegalizados.
*
Elaboración
de
las
cuentas
anuales:
memoria
del
ejercicio,
balance
comparado,
cuenta
de
pérdidas
y
ganancias
comparada,
informe
de
gestión,
según
la
normativa
mercantil
de
aplicación.
*
Preparación
de
expediente
para
el
depósito
en
el
Registro
Mercantil
de
las
cuentas