A través de este servicio, se pretende dotar a su empresa o a usted, como autónomo, de todos y cada uno de los medios necesarios para cumplir con los requisitos legales, optimizando la situación fiscal y tributaria de su empresa o negocio.
Servicios
PROCESO MENSUAL:
PROCESO ANUAL:
Legazpi Asesores Abogados-Administradores Fincas
El servicio de Asesoría Fiscal incluye entre otras las siguientes funciones: * Información periódica sobre calendario de obligaciones tributarias y novedades legislativas o comentarios a temas de interés de carácter general. * Asesoramiento y consulta sobre temas tributarios que afectan a la empresa, con emisión de informes fundamentados cuando la ocasión lo requiera. * Desarrollo de la planificación de políticas fiscales y estrategias establecidas previamente, a fin de obtener el máximo ahorro fiscal, coordinando con los responsables de dicha función la valoración de alternativas y el control del desarrollo de los planes previstos. * Elaboración de las declaraciones-liquidaciones de los diferentes impuestos a los que está sujeta la empresa: Impuesto sobre Sociedades, Retenciones a cuenta del IRPF, I.V.A., Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuestos Municipales y/o Autonómicos, Declaración Censal, etc., a partir de los datos facilitados y con arreglo a la normativa y legislación vigente en cada caso. * Elaboración de escritos, solicitudes, recursos de alzada y reposición, reclamaciones en vía económico- administrativa, solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos de pagos, de devolución por ingresos indebidos, de compensación de créditos fiscales, etc., en asuntos o expedientes que afecten a la empresa en defensa de sus intereses ante la Administración Tributaria. * Dirección técnica y representación de la Sociedad ante la Inspección de Hacienda por los ejercicios cubiertos por iguala. * Asesoramiento general a la Empresa en su contexto fiscal y tributario.
Recepción de la información base del período, que estará integrada con carácter general por: * Facturas recibidas de proveedores y acreedores correspondientes a compras efectuadas y servicios recibidos de terceros. * Copia u originales de las facturas emitidas por entregas efectuadas o servicios prestados, así como las notas de abono (facturas negativas). * Original o fotocopia de los justificantes de los movimientos de las cuentas abiertas en bancos, con indicación en cada uno de ellos, caso de que no aparezca, del concepto de ingreso o gasto que lo motiva, así como las referencias personales del pagador o perceptor, según sea ingreso o pago. En especial nos referimos a cheques o talones ingresados o pagados. * Registro de cobros y pagos de caja, con sus correspondientes justificantes en original o copia, con las mismas aclaraciones que en el caso anterior. * Documentación relativa a operaciones varias como pueden ser: nóminas, seguros sociales, etc. * Declaraciones de Impuestos que no motiva pago, etc. . * Revisión, clasificación y numeración de la documentación aportada. * Requerimiento de información omitida o aclaraciones adicionales, cuando se requiera. * Imputación de asientos contables (codificación). * Grabación y proceso informático. * Emisión de informes del período: Listado diario, balances, cuentas de resultados, etc. Todo ello adaptado al nuevo Plan General de Contabilidad, ya en vigor. * Registros de I.V.A. repercutido e I.V.A. soportado. (Trimestral o mensual, según proceda). * Generación de doble copia de seguridad de datos. * Entrega de informes del período y de la documentación recibida.
* Elaboración de la contabilidad oficial del ejercicio en el formato de libros de contabilidad oficiales de diario (asiento mensual) y balances (de sumas y saldos trimestral). * Transcripción de la contabilidad oficial a los libros de contabilidad prelegalizados. * Elaboración de las cuentas anuales: memoria del ejercicio, balance comparado, cuenta de pérdidas y ganancias comparada, informe de gestión, según la normativa mercantil de aplicación. * Preparación de expediente para el depósito en el Registro Mercantil de las cuentas
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LEGAZPIASESORES

A través de este servicio, se pretende dotar a su empresa o a usted, como autónomo, de todos y cada uno de los medios necesarios para cumplir con los requisitos legales, optimizando la situación fiscal y tributaria de su empresa o negocio.
El servicio de Asesoría Fiscal incluye entre otras las siguientes funciones: * Información periódica sobre calendario de obligaciones tributarias y novedades legislativas o comentarios a temas de interés de carácter general. * Asesoramiento y consulta sobre temas tributarios que afectan a la empresa, con emisión de informes fundamentados cuando la ocasión lo requiera. * Desarrollo de la planificación de políticas fiscales y estrategias establecidas previamente, a fin de obtener el máximo ahorro fiscal, coordinando con los responsables de dicha función la valoración de alternativas y el control del desarrollo de los planes previstos. * Elaboración de las declaraciones-liquidaciones de los diferentes impuestos a los que está sujeta la empresa: Impuesto sobre Sociedades, Retenciones a cuenta del IRPF, I.V.A., Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuestos Municipales y/o Autonómicos, Declaración Censal, etc., a partir de los datos facilitados y con arreglo a la normativa y legislación vigente en cada caso. * Elaboración de escritos, solicitudes, recursos de alzada y reposición, reclamaciones en vía económico- administrativa, solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos de pagos, de devolución por ingresos indebidos, de compensación de créditos fiscales, etc., en asuntos o expedientes que afecten a la empresa en defensa de sus intereses ante la Administración Tributaria. * Dirección técnica y representación de la Sociedad ante la Inspección de Hacienda por los ejercicios cubiertos por iguala. * Asesoramiento general a la Empresa en su contexto fiscal y tributario.